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REGLAMENTO COMUNITARIO.
Un reglamento del Consejo, que deberá entrar
en vigor el 1 de enero de 1999, definirá el marco jurídico de la
utilización de la moneda única. Fijará: El estatus jurídico de la
moneda unica.Una equivalencia jurídicamente vinculante entre la
moneda única y las unidades monetarias nacionales, durante la fase
de coexistencia.La continuidad de contratos.Un tipo de conversión
irrevocable entre las monedas nacionales y la moneda unica.La
conversión a la moneda única ( al tipo de 1 a 1), para los contratos
firmados con referencia a la cesta oficial del ECU (salvo
disposición contractual en contra).La norma de redondeo, a aplicar
después de la conversión.
Diccionario - Glosario de terminos Vinculados al
Euro
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CENT -
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